El TCP emitió hoy la sentencia que declara la inconstitucionalidad del parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, referida a los derechos y obligaciones de las personas que opten por el cambio de identidad de género.
La sentencia declara como inconstitucional la frase “…permitirá a la persona ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales…”
La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, calificó como un “Terrible retrocedo del país” el cambio de la ley de Identidad de Género y que no se permitirá que se restrinjan derechos a las personas de la comunidad LGBT.
