C. se dirigió al SEGIP para obtener su cédula de identidad después de esperar el plazo requerido, después de recibir su resolución que autoriza el cambio de nombre. En la institución le dijeron que “debía ir a avisar al SEGIP del cambio, ya que el SERECI no les notificaban directamente”. Siendo que la Ley 807 establece la obligación del SERECI de notificar al SEGIP del cambio. Le pidieron que llamara al número del SEGIP y se comunique con Wilson Ramos para que el pueda saber si hicieron el cambio ya estaba realizado en el sistema. Eventualmente le indicaron que ya podía pasar. Si este es el sistema para sacar la cédula de identidad el SEGIP debería aclarar de manera explícita y pública de manera que no perjudique a los usuarios.
