El presente protocolo de atención tiene por objeto regular las condiciones de aplicabilidad de los criterios de atención en las asistencias que brinda el Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima– SEPDAVI a las personas con diversa orientación sexual e identidad de género para el reconocimiento y garantía de los derechos humanos, en particular con los grupos en situación de vulnerabilidad e históricamente discriminados, puesto que las personas con diversa orientación sexual, expresión e identidad de género deben gozar los mismos derechos y oportunidades que los demás, siendo ello, responsabilidad de todas y todos las y
los servidores públicos.