El 5 de febrero de 2026, la Corte Constitucional resolvió una consulta de constitucionalidad sobre el artículo 94 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles y el artículo 32 de su reglamento. El caso se originó en 2024 a raíz de la negativa del Registro Civil de modificar los documentos de identidad de una adolescente de 15 años, cuya solicitud fue presentada con el acompañamiento de sus representantes legales.
Al examinar la consulta, la Corte aplicó un test de proporcionalidad y concluyó que exigir la mayoría de edad como requisito para la rectificación registral descansa en una presunción generalizada que desconoce la autonomía progresiva de las personas adolescentes y su condición como sujetas de derechos. En consecuencia, declaró inconstitucional dicha restricción dando lugar a la solicitud cuando es presentada por la propia persona adolescente, cuenta con el acompañamiento de sus representantes legales y se sustenta en informes psicosociales que acreditan su madurez.
La decisión se circunscribe a la rectificación registral en el marco de procesos de transición social, sin involucrar intervenciones médicas ni quirúrgicas. La CIDH observa que el fallo se alinea con los estándares interamericanos en materia de identidad de género, vida privada, dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad, interés superior de la niñez y autonomía progresiva.
La Comisión insta al Estado ecuatoriano a continuar adecuando su marco normativo y sus prácticas para garantizar procedimientos accesibles, expeditos y respetuosos de la dignidad humana en el reconocimiento de la identidad de género. Asimismo, reitera su disposición a cooperar con el Estado y la sociedad civil en la promoción y protección de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI), sin discriminación.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
