El 7 de mayo de 2015, Héctor Alfonso Barrios Peña, mediante apoderado judicial, instauró acción de tutela contra el Centro Comercial Portal del Prado, Vigilancia del Caribe Ltda. (en adelante Videlca) y Portales Urbanos S.A., por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la dignidad humana, a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad y a la prohibición de discriminación, en razón de presuntos actos de retención, exposición al público, discriminación y expulsión que fue objeto por parte de algunos integrantes del personal que presta el servicio de seguridad privada en el Centro Comercial Portal del Prado, por supuestamente realizar actos obscenos con otra persona del mismo sexo en uno de los baños públicos de dicho establecimiento de comercio.
Primero.- REVOCARla sentencia proferida el 30 de septiembre de 2015 por el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Barranquilla, que confirmó la providencia dictada el 28 de mayo de 2015 por el Juzgado Veinte Civil Municipal de esa misma ciudad, que en su momento denegó el amparo solicitado dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Héctor Alfonso Barrios Peña, mediante apoderado judicial, en contra del Centro Comercial Portal del Prado de la Ciudad de Barranquilla y Vigilancia del Caribe Ltda.. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad y a la prohibición de discriminación de Héctor Alfonso Barrios Peña, dentro del referido proceso de tutela.
Segundo.-ORDENAR al Centro Comercial Portal del Prado de la Ciudad de Barranquilla y Vigilancia del Caribe Ltda., por medio de sus representantes legales o quienes hagan sus veces, si aún no lo han hecho, que en el término de cuarenta y ocho horas (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, dispongan un espacio apropiado y abierto al público dentro de las instalaciones del Centro Comercial Portal del Prado de la Ciudad de Barranquilla, en el cual deberán ofrecer disculpas públicas al señor Héctor Alfonso Barrios Peña por los agravios de los que fue víctima el día 21 de enero de 2015 en dicho complejo comercial.