Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, sala
II(CCivyComMardelPlata)(SalaII)
Caso L.A.C.1
Fecha: 11/07/2006
El Sr. Juez de primera instancia a cargo del Juzgado Criminal y Correccional de Transición n° 1, desestimó la acción de amparo interpuesta por L.A.C. con el objeto de obtener autorización judicial para realizarse una intervención quirúrgica que modifique su sexo, sin costas atendiendo a la complejidad de la cuestión planteada. El amparista se notificó y apeló a fs. 159. La Sra. Defensora General, Dra. C. B., devolvió las actuaciones que le fueron giradas para notificarse de la sentencia, explicando que en reiteradas oportunidades el demandante rechazó su intervención (fs. 158), pese a lo cual, y luego de haber transcurrido más de un mes de notificada la defensoría, la Dra. F., Defensora Oficial y titular de la unidad funcional de defensa n° 4, apeló y fundó su recurso a fs. 167. La sentencia que rechazó el amparo se fundo, esencialmente, en la carencia de libertad psíquica del peticionante que "le impide brindar un consentimiento informado, libre y esclarecido", para cambiar de identidad sexual mediante la operación para la que pide autorización, "por cuanto padece en la actualidad otros trastornos de su personalidad que van más allá de su problema de identificación sexual" (fs. 156). Tal conclusión fue fundamentada en el informe socio ambiental de fs. 45 y vta. en la pericia psicológica - psiquiátrica de fs. 49/53, en el dictamen del Comité de Bioética de fs. 86/95, y en el informe psicológico -psiquiátrico del servicio de salud mental del H.I.G.A. de fs. 134/135.
Con fundamento en el acuerdo precedente se confirma la sentencia apelada. Sin costas.
Notifíquese personalmente o por cédula (art. 135 del CPC). Devuélvase. —