Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“CANEVARO, MARTÍN Y OTRO C/ GCBA S/AMPARO (ART. 14 CCABA)”, Expte. Nº
EXP 36410/0 Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Fecha: 19 de marzo de 2010
Que MARTÍN CANEVARO y CARLOS HUMBERTO ÁLVAREZ NAZARENO promovieron acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de obtener un pronunciamiento judicial que “[d]eje sin efecto, por discriminatorio, el acto del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Delegación CGP nº 5, que con fecha 10 de diciembre de 2009, denegó [su] solicitud de turno para contraer matrimonio por motivo de [su] orientación sexual”
HACER LUGAR a la demanda interpuesta y DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD de los artículos 172 y 188 del código Civil en cuanto resultan un impedimento para que MARTÍN CANEVARO y CARLOS HUMBERTO ÁLVAREZ NAZARENO puedan contraer matrimonio.
II. ORDENAR a la demandada que, por donde corresponda, celebre el matrimonio de los actores dentro del término de tres días desde que éstos así lo soliciten. A tal fin, téngase por removidos todos los aspectos reglamentarios formales que puedan implicar una dilación innecesaria y compléteseles de inmediato los exámenes prenupciales de rigor.