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Aprueban Ley de Identidad de Género en Michoacán


2017-07-13
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Desastre.mx

Este jueves los diputados locales de Michoacán aprobaron el reconocimiento legal de la identidad de género de las personas trans, esto gracias a la modificación del Código Familiar del Estado. Con esta resolución las personas transgénero podrán solicitar el cambio de género y nombre en sus documentos legales de forma más rápida, sencilla y respetando sus derechos humanos. El fallo se tomó con 22 votos a favor, uno en contra (por parte de la diputada Alma Mireya González del PAN) y una abstención (por parte de Eduardo Chavira del PAN). La resolución reforma el artículo 117 del Código Familiar, por lo que las personas transgénero podrán realizar este proceso administrativo a través de los registros civiles.

Con la nueva reforma, se eliminan, como requisitos para realizar este trámite, la acreditación de la identidad de género, las intervenciones quirúrgicas, terapias psicológicas y cualquier otro tipo de diagnóstico o procedimiento que busque validar la autodeterminación de las personas trans.

Estas prácticas eran comunes con anterioridad cuando las personas transgénero tenían que recurrir a un proceso judicial que resultaba inaccesible, tardado y costoso. Un método al que se recurre en el resto de los estados y que es fuertemente criticado por las y los activistas LGBT, pues señalan que discrimina y vulnera los derechos de las personas trans.

Tras la resolución, Michoacán se convierte en el segundo estado, después de la Ciudad de México, en reconocer plenamente la identidad de las personas transgénero.

“Con el derecho a la identidad se establece el reconocimiento jurídico y social de una persona como sujeto de derechos y responsabilidades”, señaló Ángel Cedillo Hernández, presidente de la comisión de Justicia en la LXXIII Legislatura Local.

Los requisitos para poder tramitar el cambio de identidad quedaron estipulados de la siguiente manera: formato expedido por el Registro Civil, copia certificada del acta de nacimiento, credencial para votar en original para cotejo y copia simple; y comprobante de domicilio.

Las personas interesadas en cambiar su identidad de género podrán realizar este trámite en cuento las modificaciones sean publicadas en el Periódico Oficial del Estado.

Con información de Marmor Informa.