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#Chile: Diputados aprobó ley de identidad de género: es ley


2018-09-12
http://agenciapresentes.org/2018/09/12/chile-diputados-aprobo-ley-de-identidad-de-genero-es-ley/
AGENCIA PRESENTES

En una jornada histórica en Valparaíso, con 95 votos a favor y 46 en contra, la Cámara de Diputados chilena acaba de transformar en ley el derecho a la identidad de género. La semana pasada ya había sido aprobada en el Senado, luego de cinco años de discusiones. La ley solo contempla a mayores de 14 años, por lo que organizaciones de la diversidad sexual interpusieron recursos ante la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La directora jurídica de Fundación Iguales, Jimena Lizama, dijo a Presentes que este paso es “un hito en el reconocimiento del derecho a la identidad de género de las personas trans y un tremendo triunfo para los y las adolescentes entre 14 y 18 años, quienes podrán acogerse a esta iniciativa”. No obstante aseguró que “el Estado queda en deuda con la infancia trans. Niños y niñas también son sujetos de derechos, y por ende, también tienen derecho al reconocimiento de su derecho a la identidad, el cual toma especial relevancia en esa etapa, por lo que seguiremos trabajando para que el Estado reconozca su identidad de género”.

“Este día es tan importante porque significa que las personas vamos a poder tener un documento, poder dejar de estar en la calle y mejorar nuestra vida. Además es importante que nos dejen hablar a nosotrxs. Las personas trans tenemos que hablar”, dijo a Presentes Franco Fuica.

“La mayoría de las compañeras ejercen el trabajo sexual y esta es una oportunidad para salir de la calle. La lástima es que no se haya reconocido a lxs niñxs también”, dijo Juliana Araya, activista trans, concejala de Valparaíso y presidenta del sindicato Afrodita.

Ahora el proyecto pasará a control preventivo del Tribunal Constitucional por contener normas de naturaleza orgánica constitucional. Luego de despachado el proyecto de ley, el presidente de la República, Sebastián Piñera, puede formular vetos de naturaleza aditiva, sustitutiva y supresiva, en caso de que no le parezca adecuado el contenido del proyecto de ley. En este caso, el proyecto vuelve al Senado para discutirse y debe aprobarse en ambas cámaras. Si no hace observaciones en ese periodo, la ley queda lista para promulgarse y publicarse. Lo reglamentario es que entre en vigencia en un periodo de seis o diez meses desde su publicación en el diario oficial.