Condena todas las formas de discriminación y actos de violencia por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los Estados Miembros, dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de sus ordenamientos internos, a que eliminen, ahí donde existan, las barreras que enfrentan las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada, alentando a los Estados Miembros a que consideren la adopción de políticas públicas contra la discriminación y violencia contra personas a causa de orientación sexual e identidad o expresión de género.