34. El Comité expresa preocupación por las limitaciones del derecho a la identidad de los niños indígenas como parte de su identidad cultural. Aunque toma nota de las medidas que se están examinando para reconocer legalmente la identidad de género de los niños transgénero, expresa preocupación por las limitaciones del ejercicio del derecho a la identidad que sufren los niños homosexuales, bisexuales, transgénero e intersexo.
35. El Comité recomienda al Estado parte que adopte las medidas legislativas, normativas y administrativas necesarias para que:
b) Se reconozca el derecho a la identidad de los niños homosexuales, bisexuales, transgénero e intersexo, y en particular la identidad de género de los niños transgénero;
40. El Comité acoge con satisfacción la promulgación de la Ley núm. 20536 (2011) sobre Violencia Escolar, pero expresa profunda preocupación por los altos niveles de violencia en los entornos educativos, en particular de actos de intimidación homofóbica y transfóbica.