7. El Comité recomienda que el Estado Parte adopte todas las medidas necesarias para impedir los actos de tortura y malos tratos que se cometan en el territorio del Estado de la Argentina, en particular:
p) Establezca y promueva un mecanismo efectivo dentro del sistema penitenciario para recibir e investigar denuncias de violencia sexual y proveer de protección y asistencia psicológica y médica a las víctimas;