A partir de la tipificación por discriminación prevista en el artículo 281° SEXIES del Código Penal, que a la letra dice: “La persona que arbitrariamente e ilegalmente obstruya, restrinja, menoscabe, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos, por motivos de sexo, edad, género, orientación sexual e identidad de género, identidad cultural, filiación familiar, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, opinión política o filosófica, estado civil, condición económica o social, enfermedad, tipo de ocupación, grado de instrucción, capacidades diferentes o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de embarazo, procedencia regional, apariencia física y vestimenta, será sancionado con pena privativa de libertad de uno (1) a cinco (5) años“, mas sus agravantes “La sanción será agravada en un tercio el mínimo y en una mitad el máximo cuando: a) El hecho sea cometido por una servidora o servidor público o autoridad pública. b) El hecho sea cometido por un particular en la prestación de un servicio público. c) El hecho sea cometido con violencia”el mismo examina la garantía de la igualdad como derecho buscando la eliminación de la discriminación, sobre la base de una mirada al Derecho penal comparado sobre la protección penal del derecho a no ser discriminado, se intenta desentrañar el fundamento dogmático de la agravante para arribar finalmente a la conclusión de que es la concreción positiva de los denominados delitos de odio por motivos discriminatorios y que se debe favorecer u su interpretación objetiva, para el debido proceso.
Según el Código Penal Boliviano en su artículo 20, establece que la discriminación es un delito de acción privada, es decir que debe ser la víctima la que encamine un largo proceso desde la denuncia y no así la Fiscalía como una investigación de oficio, lo que hace que la recarga procesal recaiga en la victima, en este sentido para el enriquecimiento del presente documento a continuación se encuentran procedimientos de atención en casos de discriminación para la población LGBT en instancias de denuncia, investigación y procesamiento, mediante flujogramas didácticos donde se encuentren procedimientos actuales en materia penal y constitucional.