ARTÍCULO 2º.- Es obligación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Ayuntamientos y Organismos Autónomos, impulsar, promover y garantizar la eliminación de obstáculos que limiten a las personas en el ejercicio del derecho humano a la igualdad y a la no discriminación e impidan su pleno desarrollo, así como su efectiva participación en la vida civil, política, económica, cultural y social, impulsando y fortaleciendo la igualdad de trato con la promoción de una cultura de sensibilización, de respeto y de no violencia en contra de las persona (sic), grupos y comunidades en situación de discriminación.
ARTÍCULO 3º.- Esta Ley tiene por objetivo crear mecanismos para prevenir y erradicar cualquier tipo de discriminación en el Estado, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte y de las leyes aplicables a la materia.
ARTÍCULO 4º.- En términos de esta Ley, queda prohibida en el Estado de Aguascalientes, toda forma de discriminación, entendiéndose como todo acto u omisión realizada por particulares, servidores públicos de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial; ayuntamientos, organismos autónomos o cualquier entidad de los poderes públicos estatales o municipales que generen negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de los derechos fundamentales de las personas, minorías o grupos, con la intención o sin ella, por la acción u omisión, sin motivo o causa que sea racionalmente justificada, así como aquella basada en el origen étnico o social, la nacionalidad, características genéticas, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, opiniones, orientación sexual, género, estado civil, edad, apariencia física, ocupación o actividad, antecedentes penales o cualquier otra, que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales y la igualdad real de oportunidades entre las personas.