Artículo 1.- Las disposiciones de esta ley son de orden público, de interés social y de observancia general en el Estado. El objeto de la misma es prevenir, atender y eliminar todas las formas de discriminación, que se ejerzan contra cualquier persona, establecer los principios y criterios que orienten las políticas públicas para modificar las circunstancias de carácter social que lesionen los derechos fundamentales de las personas, minorías, grupos en situación de vulnerabilidad, que se encuentren en la entidad, conforme a lo establecido en el Artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales de los que México es parte y en el Artículo 13° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y en las leyes que de ellas emanen.