Artículo 4.- La presente Ley tiene por objeto:
I. Prevenir, combatir y sancionar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en el Estado de Campeche, en los términos del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los tratados internacionales y leyes aplicables; por lo que se deberán considerar las normas de derechos humanos como criterios orientadores de las políticas, programas y acciones del Estado, a efecto de hacerlos más eficaces, sostenibles, no excluyentes y equitativos;
II. Promover y garantizar todos los derechos para las personas que residen en el Estado, sin discriminación alguna; y
III. Establecer los principios y criterios que orienten las políticas públicas a favor de la no discriminación.