TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
SALA PLENA
Magistrado Relator: Ruddy José Flores Monterrey
Control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos o cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas
Expediente: 04028-2013-09-CEA
Declaración Constitucional Plurinacional 81/2014
Departamento: Cochabamba
Mediante escrito presentado el 27 de junio de 2013, cursante a fs. 108 y vta el consultante, solicita a este Tribunal que una vez ejecutado el control previo de constitucionalidad, emita la correspondiente declaración de constitucionalidad del proyecto de la Carta Orgánica del Municipio Autónomo de Arque, amparándose en los arts. 24, 275 y 284.IV de la Constitución Política del Estado (CPE) y arts. 53.II y 61."II" de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD).
Manifiesta que siendo competencia del Concejo Municipal, de acuerdo al art. 53.II de la LMAD remite el proyecto de Carta Orgánica Municipal de Arque al Tribunal Constitucional Plurinacional, acompañando documentación para pronunciamiento de su constitucionalidad.
Artículo 146. DIVERSIDADES SEXUALES
I. El Gobierno Autónomo Municipal de Arque promueve la participación social, económica, política y cultural de la persona gay, lesbiana, bisexual, transexual, travesti, transgénero y transformista, en igualdad, inclusión, respeto, solidaridad e interculturalidad, en los distritos urbanos y rurales del Municipio de Arque sin discriminación alguna.
Declaración
1º La INCOMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado de los arts.: 5.I en la frase “…en el marco de la jerarquía constitucional de las normas…”; 6.II inc. 6); 7.III en el término “…oficiales…”; 9.1 en su frase “…y técnica…”, y num. 8 y 9; 11.I en el término “…reconoce…”; 12.1 en el término “…reconoce…”; 13.I. 3 y III. en su frase “Se reconoce…”; 14 num. 6 en la frase “…y penales…” y en el num. 8 en su integridad; 20 en la frase “…administrativa, técnica…”; 22; 23; 25 en la frase “…acusación formal…”; 26 en su frase “…o no…”; 27.II en la frase “…y sanción penal…”; 29.I inciso 6), y II. en la frase “…y la Alcaldesa o el Alcalde…”; 31 en su término “…Y DEFINITIVA…” contenida en su nomen iuris, y parágrafo IV; 32 parágrafos II y III; 33.II inc.2) en la frase “…de forma interina…”; 34.II.1) en su frase “…máxima autoridad…”; 35.I.1) en la frase “…y concurrentes…”; 36. inc. 3) en las frases “…Ordenanzas y otro tipo de instrumentos normativos…” e “…y concurrentes…”, inc. 8) en su frase “…el Plan de Personal…”, 13), 14), 19), 21) en su término “…interina…”, 29) en la frase “…su procesamiento interno en la Comisión de Ética por responsabilidad administrativa; sancionarlo en caso de existir responsabilidad ejecutiva y…”, 30) en su frase “…través del…”, 32) en la frase “(…) Fiscalizar y…”; 37 en su frase “…y sanción penal…”, num. 2 en su frase “…de cuyo Concejo formen parte…”; 38.I en la frase “….y concurrentes…”; 40.II; 45 inc. 3); 46 inc. 3) en su término “…y administrativas…”, 4) en la frase “…y Ordenanzas…”, 6) en su frase “…u otras normas municipales…”, 21) en su frase “…los manuales de organización, funciones y procedimientos municipales…” y 32) en la frase “…que señala el Reglamento Interno del Órgano Legislativo Municipal…”; 52.III; 53.I y II; 54 en su término “ALCANCE…” contemplado en su nomen iuris; 55; 61.II en su frase “…Sin observación Artículo 48…”; 62 en la frase “…y ordenanzas…”; 66. en los inc. 1), 2), 3), 4), 5), 6) y 7) del parágrafo IV y parágrafo II que le sigue; 69; 72 en su frase “…Sin observación”; 73 en su frase “…Sin observación”; 74 en su frase “…Sin observación…”; 77 inc. 6); 83; 84; 85; 89 en la frase “…y limita con el municipio de Tapacani al norte, con el Departamento de Potosí al sur, con los municipios de Capinota y Sicaya al este y con los municipios de Tacopaya y Bolívar al oeste. Constituyendo así su jurisdicción territorial…”; 90.II.1) en su término “…y rurales…”; 91.I.7) en su frase “…u otros materiales de similar naturaleza…”; 94.IV; 111.III; 117 en su frase “…así también con los demás municipios…”; 118 en sus frases “…mecanismos de usos y costumbres y…” e “…y Capitulo III referido al alcance de competencias establecidas en la Ley Marco de Autonomías y Descentralización y ley de Minería…”; 119 en su término “…TURBA…” y de la frase “…Y OTROS BIENES SUJETOS A EXPLOTACIÓN MINERA…” contenidos en el nomen iuris, parágrafos I. en su frase “…turba y otros bienes sujetos a explotación minera…”, III en su frase “…turba y otros bienes sujetos a explotación minera…”, V en su frase “…turba y otros bienes sujetos a explotación minera…”; 126 (CAMBIO CLIMÁTICO); 127 en su frase “…a través de la creación de un Comité Interinstitucional…”; 138.III; 139.II; 150 DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA; 151 DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.
2º La COMPATIBILIDAD sujeta a la interpretación realizada en los términos de la presente resolución de los arts.: 5.II; 6.II inc. 7) y 8); 14.1; 31. I y III; 36 inc. 8), 15), 18), 25), 26) y 31); 38.IV; 46 inc. 24); 47.II; 48.II; 49; 64.III; 70;; 126 (MEDIO AMBIENTE); 129.1; 140 incisos c) y d).
3° La COMPATIBILIDAD pura y simple con la Constitución Política del Estado con relación al resto de artículos del proyecto de Carta Orgánica Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Arque.