Corte Constitucional de Colombia
Sentencia T-594/93
Fecha: 15/12/1993
Manifiesta el peticionario que acudió a la Notaría Tercera del Círculo de Cali con el fin de que se modificara su registro civil, sustituyendo su nombre actual de Carlos Montaño Díaz por el de Pamela Montaño Díaz, para efectos de fijar su propia identidad, ya que desde hace trece años se le conoce con el nombre que solicita se registre. Argumenta que el Notario Tercero del Círculo de Cali negó su petición, ya que ésta se refiere al cambio de un nombre de sexo masculino a otro de sexo femenino.
PRIMERO.- CONFIRMAR la Sentencia del Juzgado Tercero del Circuito De Cali, pero por las razones expuestas en esta providencia para tutelar el derecho al cambio de nombre como integrante del derecho al libre desarrollo de la personalidad del peticionario.
SEGUNDO.- ORDENAR que por la Secretaría General de esta Corporación se envíe copia de esta providencia al señor Ministro de Justicia, a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la Notaría Tercera del Círculo de Cali.
TERCERO.- ORDENAR que por la Secretaría General de esta Corporación se comunique el contenido de esta providencia al Juzgado Tercero del Circuito de Cali, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991