Casos de Vulneración de Derechos
Caso J. S (hombre trans)
J. realiza su cambio de nombre de acuerdo a Ley 807 en el año 2020, teniendo una hija nacida en el año 2016. En el certificado de nacimiento el padre trans aparece con su nombre anterior con género femenino y un padre cisgénero. El SERECI no permite hacer la actualización de datos en el certificado de nacimiento justificándose en la Sentencia Constitucional 76/2017,
Debido a que el certificado de la menor aun tiene el nombre anterior de J. y lo califica de "madre", dato que no coincide con la cédula de identidad, al momento de realizar un viaje la defensoría del niño de la Terminal de buses de Santa Cruz acusa al padre trans de suplantación de identidad, intento de rapto y trata de niños.
En el año 2021 el padre trans intenta actualizar la cédula de identidad de su hija para acceder a derechos primarios: educación, seguro médico gratuito, posibilidad de viajar, etc. El SEGIP pone trabas y no permite sacar el carnet. El Ingeniero Reynaldo de la mesa 37 retrasa por 4 horas el trámite, y para concretarlo solicita un familiar de 1er grado se apersone para confirmar la identidad del padre trans. Días después debido a la denuncia hecha por J. se apersona un grupo de activistas al SEGIP donde se les explica el caso de J. y el Ing. Reynaldo manifiesta que tuvo problemas con su superior, el Director Departamental de Santa Cruz, y que el procedimiento no fue el adecuado solicitando en palabras textuales "no traigan muchos casos así".
En fecha 20 de octubre de 2021, el padre trans solicita la inscripción de su hija al SUS al ser de escasos recursos y no lograr acceder a un seguro médico privado. En el Centro de Salud Lazareno le solicitan el carnet del padre y el certificado de nacimiento de la menor, la recepcionista menciona que no hay un procedimiento ni protocolos para estos casos con el cambio de identidad de género, por lo que se niegan a hacer la inscripción en el SUS. Una enfermera hace la declaración discriminatoria: No es su hija y deberían pensarlo antes de tener hijos con los vacíos legales y con la ley a medias que tienen.
En enero del 2022 la menor cumple la edad apta para iniciar su educación escolar por lo que se intenta hacer la inscripción en dos colegios: Unidad Educativa Gualberto Villaroel y Unidad Educativa "La Base" en ninguna de las unidades educativas se permite la inscripción de la menor y solicitaron la presencia de un familiar de 1er grado. Para solucionar el problema la abuela de la menor fue a inscribirla figurando como tutora, negándole al padre trans ser tutor de su hija biológica.
En marzo de 2022 a causa de la vulneraciones vividas desde el año 2020 se solicita al SERECI emita certificado de parternidad legalizado por el Director del SERECI Santa Cruz. En Asesoria Legal del SERECI se menciona que la ley 807 se nombra la confidencialidad y bajo este argumento se niega la solciitud de certificación de paternidad. Posteriormente se fue a solicitar a la Jefa de Registro Civil Dra. Amparo Rendón, quien dice que puede emitir una nota aclaratoria, sin embargo se les pidió que actualicen los datos en el certificado de nacimiento de la menor, mencionó que al no estar aprobado el matrimonio igualitario en Bolivia, no se podía inscribir personas con padres del mismo género. No se pudo hacer la nota aclaratorio debido a que en la Resolución del SERECI para el cambio de nombre de José adrian, no está registrada su hija, se le pide hacer una actualización de dicha Resolución.