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CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPUBLICA DE HONDURAS

ARTÍCULO 60.- Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley.

Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana.

 

La Ley establecerá los delitos y sanciones para el infractor de este precepto.

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